Obligaciones fiscales para 2022 que debes conocer

Con el nuevo año surgen también nuevas obligaciones fiscales para 2022. La Agencia Tributaria ya ha presentado el calendario del contribuyente para este año. A partir del próximo 6 de abril se iniciará la Campaña de la Renta sobre los ingresos obtenidos durante el 2021. A partir de ese día todos los ciudadanos que tengan obligación, deberán presentar sus declaraciones del IRPF y de Patrimonio a través de internet. También podrán hacerlo más tarde, por teléfono o presencialmente en las oficinas de la administración.

Las obligaciones fiscales para 2022 de las empresas y autónomos son las principales obligaciones tributarias formales que las empresas deben cumplir. De esta forma, se garantiza la aplicación de determinados incentivos o regímenes fiscales especiales.

Obligaciones fiscales para 2022

1.Obligaciones censales

Durante el mes de enero de 2022 es necesario realizar algunos anuncios. Por ejemplo, las sociedades con un volumen de operaciones en 2021 superior a 6 millones de euros deberán comunicar a la Administración Tributaria su consideración como «gran empresa» a efectos tributarios. El fin es presentar mensualmente sus declaraciones periódicas, siempre y cuando, con carácter previo, no tuvieran ya esta consideración.

2. Impuesto sobre Sociedades

Pagos fraccionados: afecta a las entidades con un importe neto de la cifra de negocios inferior a 6 millones de euros. Las que quieran optar por calcular sus pagos a cuenta por el «método de la base», podrán hacerlo hasta la finalización del mes de febrero de 2022.

3. IVA

Los contribuyentes que deseen aplicar la regla de prorrata especial en 2021, deberán ejercitar su opción en la última declaración-liquidación de 2021. Esta, se presentará en enero de 2022.

En esta última declaración-liquidación de 2021 también se podrá solicitar,  la devolución del saldo que los contribuyentes tengan a su favor a 31 de diciembre de 2021.

La aplicación de un porcentaje provisional de deducción distinto del fijado como definitivo para el año 2021, se deberá solicitar durante el mes de enero de 2022. Así surtirá efectos en dicho año.

Los contribuyentes que apliquen el régimen especial de grupo de entidades deberán comunicar las modificaciones que se hayan producido en el mes de diciembre de 2021. Para ello tendrán el plazo de presentación de la última declaración-liquidación de 2021. En caso de incorporación en el mes de diciembre de 2021 de una nueva entidad al grupo, la comunicación se podrá presentar hasta el 20 de enero de 2022.

Estas son algunas de las obligaciones fiscales para 2022. Si todavía te siguen quedando dudas o necesitas consultar algo específico de tu negocio, no dudes en contar con nuestra asesoría fiscal de calidad.